Guía de contratos de liquidez de renta fija

En el día de hoy, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha publicado en su página web una nueva guía de “buenas prácticas” llamada guía de contratos de liquidez de renta fija para minoristas.

Se trata de una guía referida a la provisión de liquidez de emisiones de renta fija destinadas a inversores minoristas, donde se excluyen a los pagarés, pero se incluye las participaciones preferentes.

Este documento que ha emitido la CNMV tiene el objeto de proteger correctamente a los inversores, y solo pretende indicar cuales son las «buenas prácticas» que aumenten la transparencia y la liquidez de estas emisiones de renta fija, con lo cual no es obligatorio su cumplimiento.

Así, la CNMV ha elaborado un modelo de contrato de liquidez que sirva a las entidades emisoras como herramienta.

Entre las recomendaciones que se incluyen en esta guía se encuentra el tema de la práctica habitual en este tipo de operaciones, novedades que se refieren a los medios de contratación y a los compromisos de información.

De esta forma, la CNMV recuerda que lo ideal es que el medio de contratación sea una plataforma de negociación electrónica, aunque esto no es obligatorio siempre que se cumplan los requisitos de acceso no discriminatorio, transparencia sobre cotizaciones e información pública tanto sobre las operaciones ejecutadas como sobre las entidades proveedoras de liquidez.

En cuanto a las órdenes de compra y venta, este organismo recomienda que un importe mínimo razonable es 25.000 euros, y señala también la conveniencia de establecer horas fijas en cada sesión negociada para dotar de liquidez a los valores.

Asimismo, en cuanto a la información que los emisores deben ofrecer a los inversores debería incluir, como mínimo, los horarios de las operaciones, los volúmenes y los precios cotizados y negociados de la compra y de la venta, así como la exoneración de la prestación y, en su caso, la posterior reanudación.

Por ultimo, cabe destacar que los emisores podrán sustraerse de los compromisos adquiridos si justifican adecuadamente sus motivos, que pueden depender del saldo en cuenta propia de los valores objeto de provisión de liquidez hasta causas de fuerza mayor.

Publicidad
Comments are closed.