Comisiones por administración y custodia

Al adentrase al mundo de la inversiones y de la bolsa son muchos los términos que se desconocen y que es bueno aclarar, uno de ellos se refiere a las Comisiones por administración y custodia. Ya que para adquirir valores se requiere de la apertura de una cuenta de valores además de firmar un contrato de custodia y administración de valores recurriendo para ello a una entidad financiera.

De manera que el servicio de custodia y administración de valores únicamente lo podrán prestar las entidades autorizadas para tal caso.

Como es lógico, la prestación de este servicio se traduce en comisiones para el usuario por parte de la entidad depositaria. Para que el cliente tenga claros los conceptos por los que se les cobrará las comisiones y el importe máximo de las mismas, cada entidad debe contar con con un folleto de tarifas con carácter público y registrado en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). Se puede acceder a las mismas a través del apartado de consultas de la CNMV buscando por tipo de entidad.

En cualquier caso, las citadas comisiones de administración y custodia se llevarán a cabo a través de la cuenta de valores que es necesaria para operar en bolsa. La entidad financiera elegida se encargará de la administración de la cartera del inversor es decir desde las suscripciones, hasta el cobro de dividendos y demás.

Esta cuenta tendrá asociadas las salidas y entradas de efectivo por la operativa que se de con valores que lleve a cabo el cliente.

Por otro lado, la entidad depositaria encargada de  la custodia y administración de valores deberá de presentar al día las posiciones del cliente, además de ofrecerle a este el ejercicio de los derechos por la tener su cartera e informarle de operaciones que deban de recibir las directivas del inversor.

Por lo que siempre se recomienda que el inversor esté enterado de todo lo ligado al funcionamiento de la cuenta de valores:

  • Mecanismos de transmisión de órdenes
  • Alcance y limitaciones de servicios que otorga el intermediario
  • Comisiones y gastos asociados.

De manera que de parte del inversor deberá exigir al depositario que le envíe la información periódica que surja respecto al estado de las inversiones y de gastos por  mantenimiento, además de recibir información de cada liquidación por operaciones realizadas o por servicios que le son prestados.

Otro dato a tener en cuenta es que las entidades son las que optan por la base para calcular la comisión de custodia y administración, la misma podrá ser el nominal de los valores, el efectivo liquidado, o un importe mínimo por operación, entre otras formas.

Otros costes de operar en bolsa:

Comisión de corretaje

Comisión de intermediación

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